Las custodias compartidas

¿Quieres más información acerca de las custodias compartidas? Cuando la pareja decide terminar la relación, se puede optar por la separación o divorcio de mutuo acuerdo a través de la vía contenciosa. Hoy día, son muchos los matrimonios que optan por el divorcio express online para facilitar al máximo el proceso y que todo se desarrolle de forma rápida y pacífica, algo que resulta más sencillo en el divorcio sin hijos.

De ese modo, un factor determinante es si existe descendencia. En este caso, los progenitores seguirán unidos en cuanto a los temas que competen a sus hijos y en el proceso deberá determinarse la guardia y custodia. En este sentido, la custodia compartida es un régimen que contempla el derecho de familia, que consiste en atribuir la custodia de hijos menores o incapacitados a ambos progenitores, después de un divorcio o una separación.

En Digilex contamos con un equipo de abogados de divorcios express que atenderá todas tus consultas y te asesorará del mejor modo posible. En este post vamos a tratar las características de la custodia compartida y cuándo se llega este tipo de acuerdo.

¿Qué son las custodias compartidas?

Los progenitores que deciden romper la convivencia pueden optar por compartir la custodia de los hijos menores. Eso significa que todos los temas asociados a sus hijos deberán compartirlos por igual, básicamente nos referimos a la educación, la convivencia y el cuidado. Ambos progenitores tienen las mismas condiciones y derechos, y los hijos menores estarán en compañía de ambos durante tiempos alternos, ya sea en forma de quincenas, meses o trimestres.

Antes de seguir conviene aclarar que hay que diferenciar la guarda y custodia de la patria potestad:

  • La patria potestad son los derechos y obligaciones que los padres tienen sobre sus hijos menores no emancipados. Por tanto, la patria potestad de los hijos corresponde a ambos progenitores simplemente por ser el padre o madre de los menores de edad.
  • En cuanto a la guardia y custodia, se refiere a la convivencia habitual con los menores en caso de separación o divorcio.

Por regla general, los dos progenitores suelen tener la patria potestad, mientras que la guardia y custodia puede atribuirse a uno de ellos, que sería custodia monoparental, o a ambos, lo que llamamos custodia compartida. En los últimos años, este último régimen ha ido ganando presencia en nuestro país. Mientras que en el pasado, la mayor parte de las custodias eran atribuidas a uno de los progenitores, en 2020, la custodia compartida representó más del 40% de las custodias otorgadas.

Sin ir más lejos, algunas comunidades autónomas, como Cataluña o Euskadi, han decidido contar con su propia normativa para hacer que la custodia compartida se convierta en una opción predominante. Esto es así porque la custodia compartida está considerada como la opción idónea para el menor porque, de este modo, la figura materna y paterna están presentes en todo momento, siendo una situación similar a cuando vivían todos juntos.

De cualquier forma, aunque la custodia compartida sea prioritaria según el Tribunal Supremo, esto no significa que en algunas circunstancias no se debe optar por la custodia monoparental.

¿Cuándo se acuerdan las custodias compartidas?

En caso de un divorcio con hijos, deberá acordarse el ejercicio de la guarda y custodia de los hijos en los siguientes casos:

  • Cuando así lo soliciten los padres en el convenio regulador o en el proceso de separación o divorcio de mutuo acuerdo.
  • Si los progenitores se ponen de acuerdo durante el transcurso de la separación o el divorcio contencioso.

El divorcio de mutuo acuerdo es preferible en todos los casos porque así se evita un procedimiento judicial que puede resultar bastante duro desde el punto de vista de los hijos. Además, en estos casos es posible optar por el divorcio express con objeto de reducir los plazos y ahorrar bastantes costes teniendo en cuenta el divorcio contencioso.

Criterios a valorar por el Juez para acordar la custodia compartida

Será el juez el que deberá valorar si finalmente la custodia compartida es lo más adecuado, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

  • El número de hijos.
  • La opinión de los menores durante el juicio.
  • Las alegaciones y pruebas presentadas por las partes implicadas.
  • Las relaciones actuales entre los padres y las relaciones de estos con sus hijos.
  • El informe del Ministerio Fiscal.
  • El informe de especialistas cualificados.
  • La actitud anterior que presentaban los padres con los menores.
  • El cumplimiento de los deberes de los progenitores con respecto a sus hijos.

No siempre se van a cumplir los deseos del menor. De hecho, la misión del juez es tener en cuenta el interés del menor por encima de todo y valorar si su petición está influenciada por el progenitor por el que se ha decantado y si, además, cuenta con la madurez suficiente para tener en cuenta sus deseos.

Tal y como establece el Tribunal Supremo: “la custodia compartida conlleva la necesidad de una relación de mutuo respeto entre los padres para beneficiar al menor a la hora de adoptar ciertas actitudes y conductas”. El objetivo es velar por el interés del menor y no hacer nada que perturbe su desarrollo emocional, de forma que pese a la ruptura de los padres, exista un ambiente de armonía en el que los hijos puedan crecer de forma sana y correcta.

Ahora bien, también es posible solicitar la custodia compartida tras la sentencia de separación o divorcio. Da igual el tiempo transcurrido, la idea es iniciar un procedimiento de modificación de medidas contenciosas o de mutuo acuerdo. 

De esa manera, los progenitores presentarán un nuevo convenio regulador, siempre que ambos estén de acuerdo, para cambiar el régimen de guarda y custodia actual por el de custodia compartida. En caso de no existir ningún acuerdo entre ambos, el progenitor que quiera cambiar el régimen, podrá solicitarlo a través de un procedimiento judicial.

Tipos de custodias compartidas

A la hora de ejercer la custodia compartida existen distintos modos de hacerlo: según el domicilio donde vivan los hijos o el tiempo que permanezcan con cada progenitor.

En las custodias compartidas según el domicilio pueden presentarse varios casos:

  • Custodia compartida con domicilio fijo. Aquí, los hijos siempre vivirán en la misma vivienda y serán los padres los que cambien de domicilio. Es decir, si cada progenitor debe estar un mes con sus hijos, tras cumplir ese plazo se irán a vivir a otra vivienda.
  • Custodia compartida con domicilio cambiante. En este caso, los progenitores cuentan con una vivienda propia y son los hijos los que tienen que trasladarse. De ese modo, deberán vivir en dos viviendas diferentes y permanecer en cada una de ellas durante el tiempo de custodia de cada padre.

Actualmente, la alternativa que utiliza con mayor frecuencia es esta última. Ahora bien, lo más recomendable es que no exista demasiada distancia entre un domicilio u otro para que los hijos puedan estudiar en el mismo centro y no perder su círculo social.

  • Custodia compartida coexistente. Este caso suele ser el menos frecuente, aunque sin duda es el que más vela por los intereses de los menores. Aquí, ambos progenitores deciden compartir la misma vivienda a pesar de estar divorciados y separados.

h3. Tipos de custodias según el tiempo de permanencia

En las custodias compartidas según el tiempo de permanencia existen varios tipos:

  • Custodia compartida por igual periodo de permanencia. Significa que cada uno de los progenitores cuenta con el mismo periodo de custodia sobre los hijos. Dependiendo de cada caso podrán establecerse períodos semanales, mensuales o semestrales.
  • Custodia compartida por diferente periodo de permanencia. En este caso, uno de los progenitores podrá permanecer más tiempo con los hijos menores. Y es que la custodia compartida no implica necesariamente que los progenitores deban compartir el mismo periodo de convivencia con los menores. Por ejemplo, esto suele ocurrir a menudo cuando uno de los progenitores viaja frecuentemente por motivos laborales.

La misión de la custodia compartida es que los padres se pongan de acuerdo en los cuidados y atenciones sobre los hijos que tienen en común de acuerdo a sus posibilidades. Aunque mucha gente piense lo contrario, la custodia compartida no significa distribuir equitativamente los tiempos compartidos con los hijos menores.

Pensión alimentaria y custodia compartida

Aunque los progenitores se hayan puesto de acuerdo y cuenten con un régimen de custodia compartida, esto no significa que deba eliminarse la pensión de alimentos. Es cierto que, normalmente, los progenitores se hacen cargo de los gastos a partes iguales, sin que exista ningún tipo de pensión alimenticia.

Ahora bien, si una de las partes se ve más perjudicada que la otra tras la ruptura y no existe un equilibrio económico entre ambos, a pesar de haber acordado una custodia compartida, el juez puede determinar un sistema de pensión alimenticia a favor del progenitor que no está en igualdad de condiciones.

Esta pensión alimenticia dependerá de los ingresos de cada progenitor y no estará basada en el tiempo que cada uno de ellos comparta con sus hijos menores.

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