La separación con hijos sin estar casados ni pareja de hecho
Una separación sin hijos es algo que resulta relativamente sencillo para las personas que no están casadas. En este proceso tiene más peso la gestión emocional y el acuerdo al que lleguen ambas partes a la hora de repartir todo aquello que han compartido a nivel material, con más o menos atino.
Sin embargo, en los casos de separación sin matrimonio, pero con hijos en común, empiezan a surgir las dudas: ¿qué pasos se deben seguir?, ¿cómo regular la situación? A continuación, analizamos las medidas que se deben tomar en los casos de separación sin matrimonio o sin ser pareja de hecho.
En Digilex somos expertos en la tramitación de divorcios exprés, por eso, aquí vamos a contarte cómo realizar la separación con hijos sin estar casados ni pareja de hecho.
¿Qué medidas deben tomarse en el caso de separación con hijos sin estar casados?
Independientemente de que exista o no un matrimonio, una separación con hijos implica que ambas partes van a tener que regular la situación de los menores a partir de ese momento. El cese de una relación tiene otras implicaciones cuando se ha construido una familia, pues los hijos tendrán que seguir disfrutando del mejor cuidado y deben salir lo menos perjudicado que sea posible de esta nueva circunstancia.
Esto significa que habrá que enfrentarse a un proceso judicial encargado de modular las medidas paternofiliales a tomar. La realidad es que, desde el punto de vista procesal, no se contemplan diferencias entre esta situación y un divorcio con hijos, tal y como indica la Ley de Enjuiciamiento Civil.
El proceso puede ser de dos formas también en este caso, como ocurre en la disolución del matrimonio:
- Amistoso. Se hace un proceso de mediación en el que se llega a mutuo acuerdo, es decir, los progenitores toman la decisión de las medidas que se tomarán a partir de ese momento sin discrepancias. Tiene que seguir su forma adecuada mediante una demanda, como en todos los casos, liderada por un Letrado y presentada por Procurador.
- Contencioso. Cuando las parejas no son capaces de llegar a un acuerdo amistoso, será un juez el que indique las medidas a tomar, como el régimen de visitas o la patria potestad. Lo hará en todo momento velando por el bienestar de los menores implicados.
Separación amistosa: el convenio regulador
En el divorcio express online o en cualquier separación que sea amistosa, en la que exista un acuerdo por ambas partes, habrá que expresar de manera formal las medidas que se han decidido respecto a los hijos y otras cuestiones.
Aquí es donde entra el convenio regulador, un documento que contempla los efectos derivados de la separación aplicables a los cuidados de los hijos o el reparto de los bienes. Siempre debe ser un pacto entre las dos partes y se debe cumplir obligatoriamente a partir del momento en el que se presenta. Para que este sea viable debe ser aprobado por un juez o notario, ya que alguna autoridad tiene que verificar que se cumplen los derechos de los menores y de ambos cónyuges.
Todo convenio regulador debe recoger lo siguiente según el artículo 90 del Código Civil:
- De cara al bienestar de los hijos, este convenio debe incluir los regímenes de patria potestad, custodia, visitas y comunicaciones. Los abuelos y nietos también tienen derecho a mantener una relación estrecha y esto debe venir contemplado.
- El patrimonio común y su reparto, así como el uso de la vivienda familiar una vez se formalice la separación.
- El reparto financiero en el que se incluye la pensión compensatoria o de alimentos en caso de que existan.
- Si hay animales de compañía, también hay que velar por su bienestar e introducir en el convenio regulador su custodia. Si las medidas que se recogen en este documento perjudican a las mascotas, el juez puede determinar la adopción de los animales contradiciendo lo que contempla el convenio.
Este documento es de vital importancia si se busca una separación amistosa con hijos, por lo que es interesante pararse a negociar con la pareja y encontrar las mejores soluciones para la familia.
La pensión de alimentos cuando los progenitores no están casados
El mayor interés siempre será que el menor obtenga el bienestar necesario, esté bien alimentado y vea sus necesidades cubiertas, aunque los progenitores ya no tengan una relación de pareja. Los titulares de la patria potestad tendrán la obligación de encargarse de esto, siempre teniendo en cuenta las circunstancias personales y económicas de cada uno de ellos. En el artículo 93 del Código Civil se refleja esta relación entre las necesidades de los menores en cada etapa y el poder adquisitivo de los titulares.
Fuera de la situación financiera de cada uno de los miembros de la pareja, la ley es clara respecto al derecho de los hijos a que sus necesidades de alimento se vean cubiertas en todo momento y a mantener una comunicación constante con sus progenitores. Esto significa que no es posible negociar estas cuestiones a lo largo del procedimiento, ni cambiar tiempo con los menores por dinero.
Puede haber casos en los que un miembro de la pareja se encuentre en una mala situación económica y no tenga la posibilidad que mantener a los hijos como es debido, de cubrir todas sus necesidades. Es solo en estos casos puntuales cuando se recurre a una pensión de mínimo vital destinada a solventar este problema, siempre con un carácter temporal y expuesto a una revisión cuando sea necesario.
La vivienda en la separación con hijos sin estar casado
En la separación sin matrimonio no hay ningún contrato vinculante entre ambas partes, no habrá ningún régimen de gananciales entre ellos ni hay que disolver el acuerdo. No obstante, pueden existir propiedades en común que deben pasar por un protocolo de extinción del condominio con la intención de adjudicar cada uno de los bienes y hacer una liquidación definitiva.
Cuando hay hijos, el uso de la vivienda familiar será habitualmente para la persona que obtenga la custodia exclusiva y será quien la habite junto con los menores a cargo.
En el caso de una vivienda de alquiler a nombre de los dos progenitores, será el juez quien decidirá cuál será la persona que se queda con ella. Si es uno de los miembros de la pareja el que consta en el contrato de alquiler, pero hay hijos o una convivencia que supera el periodo de dos años, la persona conviviente puede subrogarse al titular.
El caso de la vivienda también puede pasar por las mismas dos vías que la regulación de los hijos. Es posible llegar a un acuerdo amistoso para hacer un reparto de los bienes en el que ambos implicados estén de acuerdo, o tramitarlo como contencioso, dejando que el juez tome las decisiones más equilibradas.
Separación en el caso de las parejas de hecho
La separación de pareja de hecho también puede generar dudas a los integrantes de la misma. Lo cierto es que implica una notificación de la ruptura, pues sí existe un vínculo legal entre ambas partes en este caso. El procedimiento, eso sí, puede ser algo diferente según el tipo de registro que se lleve a cabo.
Las parejas que han formalizado su relación en el Registro de Parejas de Hecho tendrán que dirigirse a la misma institución en la que se registraron para solicitar las indicaciones, pues estas van a cambiar según la Comunidad Autónoma en la que se encuentren.
Algunas parejas de hecho hicieron efectivo este trámite por la vía notarial. Por lo tanto, habría que volver a la notaría para entregar una escritura de disolución de la pareja. Todo esto es posible si hay un acuerdo entre las partes, ya que funcionaría como un divorcio express.
Cuando solo es uno de los miembros el que quiere disolver la pareja y no existe un consenso, tendrá que informar al otro de la nueva situación mediante una notificación formar. Es lo que dará paso a una separación contenciosa.
Es interesante contar con la ayuda de profesionales para estos trámites o de abogados de divorcios express como los que encontrarás en Digilex que puedan guiar a la pareja en el camino. En este último caso los representantes legales pueden ser los mismos para los dos, mientras que en los contenciosos deberá tener una defensa diferente cada miembro de la pareja.
Documentación en caso de separación con hijos sin estar casados
Como norma general, hay que presentar una serie de documentación siempre que se lleve a cabo una separación con hijos y sin estar casados. Va a ser la siguiente:
- Datos generales de ambos progenitores: nombre y apellidos, DNI, etc.
- Certificado de nacimiento de los hijos.
- Lugar de domicilio de las dos partes.
- Número de cuenta del progenitor que haya quedado en custodia. En esta cuenta bancaria se ingresará la pensión de manutención o alimenticia.
- Dirección el último domicilio en común de la pareja y de los domicilios actuales tras la separación.
- Una relación de los gastos que se tienen con los menores de manera habitual.
- Libro de familia.
Estos documentos acreditan el vínculo de la pareja y la relación directa con los hijos, así que resultan indispensables para comenzar cualquier procedimiento. Si hay una separación amistosa, el otro documento imprescindible va a ser el convenio regulador mencionado en bloques anteriores.