Divorcio con hipoteca
No son pocas las dudas que surgen al iniciar el proceso de divorcio: ¿Quién debe hacerse cargo de la hipoteca? ¿Debe pagarse a medias? ¿Quién paga la hipoteca se queda con el piso o casa? Y si es así, ¿a quién corresponde el uso y disfrute de la vivienda?
Una sentencia del Tribunal Supremo en 2011 estableció que el pago de la hipoteca debe ser asumido por los dos miembros de la pareja.
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Esta resolución distingue dos tipos de gastos:
- Los que tienen que ver con la conservación y el mantenimiento del inmueble, lo que se corresponde con los gastos familiares.
- Los que se destinan a satisfacer las cuotas del préstamo hipotecario, y que quedan al margen del proceso de divorcio. En concreto, se incluirán el proceso de liquidación de la sociedad de bienes gananciales.
A continuación, veremos cómo solucionar estos últimos y qué hacer cuando la titularidad del domicilio familiar es compartida.
Qué hacer con la titularidad de la vivienda en un divorcio con hipoteca
En España, hay diversas maneras de afrontar la titularidad de la vivienda familiar cuando se produce un divorcio con hipoteca. Las más habituales son las siguientes.
- Vender el inmueble a una tercera persona y repartir el dinero de la operación entre los cónyuges (se cancelará la hipoteca con el importe obtenido por la venta)
- Que uno de los cónyuges compre al otro su parte del inmueble
- Proceder a la extinción del condominio, siendo esta la solución que aporta más beneficios fiscales.
La extinción del condominio es un procedimiento regulado por los artículos 400 y 406 del Código Civil, que permite transmitir la propiedad de un bien de titularidad compartida. En el caso que nos ocupa, se trataría de la vivienda adquirida por ambos cónyuges (por lo general, al 50%). Este sistema pone fin al régimen de copropiedad, ya que el bien pasa a ser propiedad de una única persona. Es frecuente que haya una compensación económica para quien cede su parte del inmueble.
Una de las principales ventajas de la extinción del condominio es el importante ahorro fiscal que proporciona. Cuando la pareja se acoge a esta opción, solo tendrá que tributar por los Actos Jurídicos Documentados (AJD), que suponen pagar un impuesto de entre el 1% y el 1,5% del valor de la vivienda —el porcentaje varía en función de lo que establezca cada comunidad autónoma—, y satisfacer los gastos notariales. En cambio, los impuestos alcanzan el 7% si la pareja opta por la opción de compraventa, ya sea entre ellos o a terceros.
¿Cómo resolver el pago de la hipoteca en caso de divorcio?
Con cualquiera de las tres opciones anteriores, se consigue que uno de los propietarios de la vivienda o ambos dejen de serlo. Por eso, aunque se haya dejado de ostentar la propiedad del domicilio familiar, los dos propietarios deben seguir respondiendo ante el pago de la hipoteca, pues continuarán figurando como titulares del préstamo hipotecario.
Una de las creencias erróneas en torno a los divorcios con hipoteca es pensar que pagará un porcentaje superior del préstamo hipotecario quien se quede con la propiedad de la vivienda familiar. Independientemente de la titularidad del inmueble o del nivel de ingresos de cada cónyuge, el pago de la hipoteca cuando hay dos deudores se reparte siempre al 50%.
¿Quién hará uso del domicilio familiar?
En el caso del divorcio con hijos, una de las cuestiones más importantes que habrá que regular, además de la guardia y custodia de los menores y el pago de una pensión de alimentos, está el uso y disfrute de la vivienda familiar.
Si el divorcio es de mutuo acuerdo, los cónyuges pueden decidir quién de los dos seguirá utilizando el domicilio familiar. Ahora bien, si no hay consenso, será el juez quien resolverá a quién corresponde su uso y disfrute. Para ello, se tendrá en cuenta quién ostenta la guardia y custodia de los hijos menores de edad.
Si es un divorcio sin hijos, el juez puede atribuir la utilización de la vivienda al cónyuge más vulnerable, es decir, con menos recursos.
¿Y qué ocurre en caso de impago de la hipoteca en el divorcio?
Cuando uno de los miembros de la pareja no paga su parte de la hipoteca, podemos escoger entre dos soluciones.
- Que un cónyuge asuma las deudas del otro para no perder la casa, ya que si el banco no percibe el dinero del préstamo, procederá a la ejecución de la hipoteca. Si se elige pagar la totalidad, la mayor parte de la casa corresponderá a la persona que se haga cargo de los pagos pendientes. Si es así, en el momento de poner la propiedad a la venta, se recuperará la parte que se ha pagado de más hasta la fecha.
- Recurrir a la vía legal. Si se produce un impago por parte del otro miembro de la pareja, el afectado podrá presentar una reclamación ante el juez para que el demandado satisfaga la parte del préstamo pendiente. Si aun así esto no se produce, se llevará a cabo el embargo de bienes.
Cuando se quiere dejar de figurar en el préstamo hipotecario, se puede proceder a la novación de la hipoteca, es decir, modificar la titularidad de la misma, de manera que sea uno de los cónyuges quien se encargue al completo del pago de la hipoteca. Esto es factible cuando se trata de un divorcio de mutuo acuerdo. Para efectuar una novación hipotecaria, es necesario comunicárselo a la entidad bancaria, dado que el proceso lleva asociado diversos costes.